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Gastos ordinarios y extraordinarios de los hijos: qué entra en cada uno y cómo pedir tu parte

Publicado el · Actualizado el · 8 min de lectura

Respuesta corta. Los gastos ordinarios son los previsibles y repetidos (comida, ropa, material), y los cubre la pensión o cada progenitor en su casa. Los extraordinarios son los imprevistos o puntuales, y se pagan aparte según lo que diga el convenio, por mitad o en proporción. Avisa antes, guarda el recibo y pide tu parte con un mensaje corto con el importe y el justificante.

“Esto lo cubre la pensión” y “esto hay que repartirlo” son dos frases que se oyen mucho tras una separación, y muchas veces la persona que las dice tiene razón… y la otra también. Aquí tienes cómo se distingue lo ordinario de lo extraordinario, qué suele entrar en cada caso, cuándo conviene avisar antes y cómo pedir tu parte sin que se convierta en una discusión.

Qué dice la ley y qué no dice

En el Código Civil, los alimentos no son solo comida. Comprenden lo indispensable para el sustento, la habitación, el vestido y la asistencia médica, y también la educación e instrucción mientras el hijo es menor de edad (art. 142). El juez determina la contribución de cada progenitor (art. 93). Si dos o más personas están obligadas, el pago se reparte en proporción a su caudal (art. 145), y la cuantía es proporcionada a los medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe (art. 146).

Lo que no hace el Código Civil es definir los “gastos ordinarios” y “extraordinarios” de los hijos. Esa distinción viene de los convenios y de las sentencias, y no hay una lista oficial. Si tu convenio o tu sentencia incluye una lista, esa es la que vale.

Qué suele entrar en cada uno

Es una orientación, no un listado oficial. Si dudas con un gasto concreto, mira cómo lo trata tu convenio.

Tipo Gastos ordinarios Gastos extraordinarios
Idea Previsibles y que se repiten Puntuales o imprevistos
Quién los paga La pensión, o cada uno en su casa Se reparten aparte, según el convenio
Ejemplos que suelen entrar Comida, ropa de diario, higiene, material escolar, transporte habitual Tratamientos médicos o dentales que no cubre la sanidad pública, gafas, ortodoncia, logopeda, una excursión especial
Ejemplos que dependen del convenio Comedor, libros de texto, matrícula, actividades que ya había Extraescolares, campamentos, clases particulares, idiomas, un móvil, un viaje del colegio

Los gastos de la columna “dependen del convenio” son los que más se discuten. Algunos convenios los incluyen en la pensión; otros los reparten como extraordinarios; otros piden acuerdo previo.

Necesarios y voluntarios

Muchos convenios distinguen dentro de los extraordinarios:

  • Necesarios o urgentes (un tratamiento médico, unas gafas). Se suelen pagar entre los dos aunque no haya habido tiempo de preguntar. Aun así, se avisa en cuanto se puede.
  • Voluntarios (una actividad nueva, un campamento, un idioma). Conviene acordarlos antes. Si lo decide uno solo, puede que lo pague él.

Esto es lo que se ve en la práctica, pero cada convenio dice lo suyo.

Consentimiento previo: avisar antes, siempre

Aunque tu convenio no lo pida, avisar antes ahorra casi todas las discusiones. Un mensaje basta:

“Hola Laura. Leo necesita ortodoncia. El presupuesto es de 1.200 €. Te paso el presupuesto en foto. ¿Lo hablamos esta semana y decidimos?”

Con eso queda dicho qué es, cuánto cuesta y que cuentas con el otro. Si responde que sí, adelante. Si no responde, vuelve a escribir proponiendo una fecha. Si no está de acuerdo, mejor hablarlo (o pasar por mediación) antes de pagar. Si hay urgencia, avisa igual en cuanto puedas.

Cómo se reparten

Lo más habitual es por mitad, pero también es frecuente pactar un porcentaje según los ingresos o según el tiempo que los niños pasan con cada uno. Con un ejemplo ficticio, una ortodoncia de 1.200 €:

Reparto Progenitor A Progenitor B
Por mitad (50 % y 50 %) 600 € 600 €
En proporción a los ingresos (A gana 2.000 €, B gana 1.000 €: 66,7 % y 33,3 %) 800 € 400 €

Si A paga la factura entera con el reparto por mitad, B le debe 600 €. Con el reparto proporcional, 400 €.

Cómo pedir tu parte

Un mensaje corto, con la cifra y el justificante. Sin historia y sin adjetivos:

“Hola Laura. El jueves llevé a Leo al oculista y las gafas han costado 120 €. Te adjunto el recibo. Con lo que tenemos acordado (50 %), tu parte son 60 €. Cuando puedas me lo pasas por transferencia. Gracias.”

Qué hace que funcione:

  1. El gasto, con fecha. Qué fue y cuándo.
  2. El importe y el recibo. Foto del justificante, no “luego te lo enseño”.
  3. El porcentaje acordado. Para que la cuenta se pueda comprobar.
  4. Tu parte, en euros. Que no haya que calcular nada.
  5. Una forma de pagar y sin plazo amenazante. “Cuando puedas” está bien. Si hay una fecha, que sea razonable.

Lo que conviene evitar: reproches del pasado (“como siempre”), mezclar varios gastos viejos en un solo mensaje sin desglose y cualquier frase que suene a orden. Si el otro no contesta, un segundo mensaje igual de tranquilo, y si no hay respuesta, hablad por teléfono o con un mediador antes que seguir escribiendo.

Para llevar las cuentas claras

  • Avisa antes por escrito.
  • Guarda el recibo el mismo día (una foto vale).
  • Apunta quién pagó, cuánto y qué reparto aplica, con fecha.
  • Pide tu parte pronto, mientras se acuerda todo el mundo del gasto.
  • Revisad el saldo de vez en cuando para que no se acumule.

Si no os ponéis de acuerdo

Si no hay acuerdo sobre si un gasto es ordinario o extraordinario, o sobre quién lo paga, lo primero suele ser hablarlo y dejarlo por escrito. Un servicio de mediación familiar puede ayudar a pactar. Si las circunstancias han cambiado, el convenio puede modificarse (art. 90.3 del Código Civil). Para eso y para cualquier reclamación, consulta con un abogado.

Cómo llevarlo con Vaivén

En Vaivén apuntas cada gasto con su recibo (la foto se lee en tu iPhone), eliges el reparto (un porcentaje fijo o en proporción a los días de cada uno) y la app te dice cuánto queda pendiente, en lenguaje neutro (“Pendiente de Laura: 60 €”). Con “Pedir mi parte” te prepara un mensaje corto como el de arriba, con el importe y el recibo; tú decides si lo mandas. Los tres primeros gastos son gratis. Los gastos sin límite van con Vaivén completo (9,99 €, una vez).

En Vaivén

Apuntas cada gasto con su recibo y pides tu parte con un mensaje ya escrito. 3 gastos gratis. Ver: Dinero

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre gastos ordinarios y extraordinarios de los hijos?

Los ordinarios son previsibles y se repiten (alimentación, ropa, material escolar) y se cubren con la pensión o con lo que cada uno gasta en su casa. Los extraordinarios son puntuales o imprevistos y se pagan aparte. El Código Civil no da una lista: lo que cuenta es lo que diga tu convenio o tu sentencia.

¿Necesito el consentimiento del otro progenitor antes de un gasto extraordinario?

Depende del convenio y del tipo de gasto. En general, lo urgente o necesario (un tratamiento médico) se suele pagar entre los dos aunque no haya habido tiempo de preguntar, y lo voluntario (una actividad nueva) conviene acordarlo antes. Lo prudente es avisar siempre por escrito, con el importe aproximado.

¿Cómo se reparten los gastos extraordinarios?

Lo habitual en los convenios es por mitad, o en proporción a los ingresos de cada uno. El Código Civil habla de que los alimentos se repartan en proporción al caudal de cada obligado (art. 145) y de que la cuantía sea proporcionada a los medios y necesidades (art. 146). Tu convenio puede fijar otro porcentaje.

¿Cómo pido mi parte sin que suene a reproche?

Con un mensaje corto y neutro: qué fue, cuánto costó, el recibo adjunto, el porcentaje acordado y la cifra que te toca. Sin adjetivos y sin historia.

¿Las extraescolares son gastos extraordinarios?

No hay una respuesta única: depende de tu convenio y de si las dos partes las acordaron. Si el convenio dice que son compartidas, se reparten; si no lo dice, hablarlo antes por escrito evita el problema.

Aviso. Esto es información general, no asesoramiento legal. Cada caso depende de tu convenio o sentencia. Si dudas, consulta con un abogado o con un servicio de mediación familiar.

Fuentes

Fuentes consultadas en octubre de 2026.

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